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VICARIO
GENERAL Y MODERADOR DE LA CURIA
Ilmo.
Sr. D. Juan Antonio Menéndez Fernández
Arzobispado • Corrada
del Obispo, 1 • 33003 Oviedo
Tefl. 985209728–696447366
Fax 985216148
Secretaria: Hna.
María Auxiliadora Medina Montáñez
El Vicario General y Moderador de la Curia, después del Arzobispo y del Obispo Auxiliar, ocupa el primer rango de la jerarquía administrativa de la Curia, quedando a él subordinados todos los demás oficios que integran la administración diocesana.
El Vicario General y Moderador de la Curia goza en toda la Diócesis de la potestad ejecutiva que corresponde por derecho al Arzobispo, siendo, por tanto, Ordinario del lugar y pudiendo realizar cualquier tipo de actos administrativos, exceptuados sin embargo aquellos que el Arzobispo se hubiese reservado o que, según el derecho, requieran mandato especial del Obispo diocesano. Le corresponden también las facultades habituales concedidas por la Santa Sede al Arzobispo y la ejecución de rescriptos, a no ser que se establezca expresamente otra cosa o si se hubieran tenido en consideración las cualidades personales del Obispo diocesano.
Corresponde al Vicario General y Moderador de la Curia:
1.º La coordinación de la actividad administrativa de las Vicarías Episcopales.
2.º La coordinación de la actividad de los Secretariados, Departamentos, Comisiones y otras entidades dependientes inmediatamente de Vicarías sectoriales.
3.º La dirección y coordinación de la actividad de los Secretariados, Secretarías y Departamentos dependientes de forma inmediata del Arzobispo y del Vicario General y Moderador de la Curia.
4.º La dirección y coordinación de la actividad de las Delegaciones diocesanas, Secretariados de ellas dependientes, Oficinas, Comisiones y demás organismos, oficios y personas de la Curia Diocesana.
5.º Ser informado por el Canciller Secretario General de todos los actos de la Curia llamados a producir efecto jurídico.
6.º La dirección de todo el personal de la Curia, siendo el máximo responsable de la disciplina de quienes trabajan en ella, cuidando que todos cumplan fielmente el deber que les está encomendado.
7.º La intervención en los procesos de contratación de personas al servicio de la Curia, que habrán de ser realizados de acuerdo con él.
8.º La creación de comisiones especiales para el análisis y gestión de determinados asuntos.
9.º Resolver los conflictos de competencias entre organismos de la Curia, arbitrando los medios que estime oportunos para ello.
10.º Otorgar, en acto conjunto con el Canciller Secretario General, el necesario permiso de entrada en el Archivo Diocesano, así como la licencia para sacar documentos del mismo.
Para el desempeño de las competencias inherentes a su función:
1.º Cuenta con la ayuda de algunos colaboradores.
2.º Establece despachos periódicos con los oficios de la Curia y con todas las personas pertenecientes a la misma que estime conveniente, para recibir información sobre sus actividades, decisiones y proyectos.
3.º Convoca algunas veces al año reuniones de los responsables de los diversos organismos de la Curia para examinar las cuestiones de mayor importancia, coordinar los trabajos, formular propuestas e intercambiar informaciones.
4.º Constituye, cuando lo estime oportuno, comisiones de carácter consultivo.
5.º Presenta al Arzobispo, tras haber recabado los correspondientes informes, las propuestas de decretos, ordenaciones, reglamentos y directorios que sirvan para facilitar un mejor cumplimiento de sus fines por parte de la Curia Diocesana.
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